Manutención en D.C.: la guía del Código de D.C. 16-916.01, año por año

El Distrito incluye toda su guía de manutención en una sola sección del Código de D.C., la 16-916.01, con la tabla como apéndice. Todo se calcula en dólares anuales sobre el ingreso bruto ajustado combinado, la custodia compartida empieza cuando el hijo pasa el 35% del año con cada padre y la manutención generalmente continúa hasta los 21 años.

De un vistazo

ModeloParticipación de ingresos sobre el ingreso bruto ajustado combinado, Código de D.C. 16-916.01
TablaMontos anuales en el Apéndice I (16-916.01a); entre filas, se redondea al monto siguiente más alto
Tope de ingresoPresunta hasta $240,000 combinados al año; por encima, al menos el monto de $240,000 y más según las necesidades razonables del hijo
Custodia compartidaSe presume cuando el hijo pasa el 35% del año o más con cada padre: 1.5 veces la obligación básica, acreditada según el tiempo, nunca por encima del monto de custodia única
Ingresos bajosReserva de autosostenimiento del 133% de la línea federal de pobreza para una persona; mínimo presunto de $75 por debajo; tope total del 35% del ingreso de quien paga
Fin de la manutenciónA los 21, la edad que fija el Distrito para la manutención y el apoyo médico
ModificaciónSe presume un cambio sustancial cuando el monto de la guía difiere en 15% o más

El ingreso bruto ajustado según 16-916.01(d)

La lista de ingreso bruto del Distrito es larga y concreta: salarios, horas extra y propinas, ingresos de trabajo independiente y de negocios (después de gastos razonables, pero sin depreciación), comisiones, bonos, indemnizaciones, intereses y dividendos, Seguro Social, beneficios de veteranos y de seguros, compensación laboral y por desempleo, pensiones, anualidades, ingresos de fideicomisos y herencias, ganancias de capital regulares, renta neta de alquileres, premios de lotería y otros premios, y beneficios importantes que reducen los gastos de vida, como un auto de la empresa o el BAH y el BAS militares. También cuentan los impuestos que el empleador paga por el padre. No cuentan los beneficios sujetos a prueba de recursos, como TANF, SSI y cupones de alimentos.

Después, el ingreso bruto ajustado resta la mitad de los impuestos de Seguro Social y Medicare del trabajo independiente, la pensión conyugal pagada al otro padre (y suma la recibida), la manutención pagada bajo otras órdenes y, por cada otro hijo que vive en el hogar del padre, el 75% del monto de la tabla para ese hijo calculado solo con el ingreso de ese padre. Solo se puede imputar ingreso si hay mala fe o un esfuerzo deliberado por reducir el ingreso, nunca a un padre que no puede trabajar o que recibe beneficios sujetos a prueba de recursos, y el juez debe explicar la imputación por escrito.

La Hoja A (custodia única) suma luego los dos ingresos ajustados, toma la obligación básica anual de la tabla del Apéndice I y la reparte según el porcentaje de cada padre. El padre con quien el hijo no vive principalmente paga su parte, y el seguro médico, los gastos médicos extraordinarios y el cuidado infantil se suman en proporción al ingreso.

Ejemplo con números: District of Columbia

  1. El padre A tiene $72,000 al año de ingreso bruto ajustado y el padre B $48,000, para un total combinado de $120,000.
  2. El Apéndice I indica $25,174 al año para dos hijos con $120,000. En el tope de $240,000, la cifra para dos hijos es de $43,423.
  3. La parte del padre A es el 60%, es decir $15,104; la del padre B es el 40%, o $10,070.
  4. Con los hijos viviendo principalmente con el padre B, la Hoja A fija la obligación del padre A en $15,104 al año, antes de sumar seguro, gastos médicos y cuidado infantil.

Es una estimación, no asesoramiento legal. Los números redondean al dólar y omiten seguro médico, cuidado infantil y otros ajustes que tu caso puede tener. Prueba tus propias cifras en la calculadora de CoreParent y confirma con la calculadora oficial del estado.

Custodia física compartida desde el 35% del año

Cuando el hijo pasa el 35% del año o más con cada padre (unos 128 días), la ley presume custodia física compartida y se usa la Hoja B. La obligación básica se multiplica por 1.5, la parte de ingreso de cada padre sobre esa cifra mayor se reduce según la proporción de tiempo que el hijo pasa con ese padre, y el padre que siga debiendo más paga la diferencia. Si el padre A del ejemplo tuviera a los hijos 140 noches al año, la obligación anual sería de unos $8,173 en lugar de $15,104, una diferencia de $6,931. Con tiempo exactamente igual serían unos $3,776 al año. El resultado compartido nunca puede superar lo que el padre que paga debería con custodia única.

Cualquiera de las dos presunciones se puede refutar. Un padre puede demostrar que el método compartido sería injusto por cómo funciona realmente la custodia o, por debajo del 35%, que las cuentas de custodia única son injustas y que un cálculo compartido sería justo. El juez debe dar razones por escrito cada vez que se cuestiona alguno de los métodos.

Seguro médico, gastos médicos y cuidado infantil

Toda orden debe prever los gastos médicos del hijo. El costo adicional de la prima para cubrir al hijo se reparte según el ingreso y se suma a cada parte; la cobertura es razonable si cubrir a los hijos le cuesta al padre obligado no más del 5% de su ingreso bruto, y no hay ajuste si agregar al hijo no cuesta nada extra. Los gastos médicos no cubiertos por encima de $250 por hijo al año, incluidos copagos, deducibles, ortodoncia, odontología, vista, terapia y tratamiento del asma, se reparten según el ingreso; al padre que paga a un proveedor se le reembolsa dentro de los 30 días de presentar el comprobante. El cuidado infantil razonable por trabajo o estudios se reparte de la misma forma, según lo que la familia realmente paga o, si eso no conviene al hijo, el costo de un cuidado con licencia.

La reserva de autosostenimiento y el tope del 35%

El último paso de todo cálculo es un ajuste por bajos ingresos. La capacidad máxima de pago del padre que paga es su ingreso bruto ajustado menos la reserva de autosostenimiento, fijada en el 133% de la línea federal de pobreza para una persona y actualizada por la alcaldía cada dos años. Si eso deja menos de $900 al año, el juez fija la manutención de forma individual, con una presunción de $75 al mes que se puede refutar hacia $0 o hacia arriba. Si no, la orden es la menor entre el monto de la guía y la capacidad de pago. En todos los casos, la manutención con los adicionales no puede superar el 35% del ingreso bruto ajustado del padre que paga. Si un padre no se presenta o no da información sobre su ingreso, el juez puede dictar una orden mínima de $75.

Los 21 años, la modificación y la manutención retroactiva

La mayoría de edad general en el Distrito es a los 18, pero la ley conserva el derecho a la manutención, y la División de Servicios de Manutención Infantil considera los 21 como la mayoría de edad para la manutención y el apoyo médico. Un padre puede pedir una modificación cuando aplicar la guía a las circunstancias actuales cambia el monto en 15% o más, lo que se presume un cambio sustancial y material; una guía nueva que produzca esa diferencia basta por sí sola, pero no dentro del año siguiente a una orden que se apartó a propósito de la guía. Los padres deben intercambiar información financiera cada tres años, y los casos del programa IV-D reciben un aviso de revisión con la misma frecuencia. Un caso nuevo puede incluir hasta 24 meses de manutención retroactiva antes de la solicitud, y más solo si hay mala fe o circunstancias extraordinarias.

La División de Servicios de Manutención Infantil de la Oficina del Fiscal General localiza a los padres, establece la filiación, fija, modifica y hace cumplir las órdenes de manutención en el Distrito, y ofrece una calculadora de la guía en línea.

Documentos que vas a necesitar

Preguntas frecuentes: manutención en District of Columbia

¿Cómo se calcula la manutención en D.C.?

Suma los ingresos brutos ajustados anuales de ambos padres, busca la obligación básica en la tabla del Apéndice I, repártela según el ingreso, agrega seguro médico, gastos médicos extraordinarios y cuidado infantil, y luego aplica el ajuste por bajos ingresos y el tope del 35%. Con 35% del tiempo o más cada uno, se usa la fórmula de custodia compartida.

¿La manutención termina a los 18 o a los 21 en D.C.?

Generalmente a los 21. La mayoría de edad en el Distrito es 18 para casi todo, pero la ley conserva el derecho a la manutención, y la División de Servicios de Manutención Infantil aplica los 21 para la manutención y el apoyo médico.

¿Qué cuenta como custodia compartida para la manutención en D.C.?

Que el hijo pase el 35% del año o más con cada padre. En nuestro ejemplo, 140 noches al año bajan la obligación anual del padre A de $15,104 a unos $8,173; con tiempo igual son unos $3,776.

¿Cuál es la manutención máxima en D.C.?

No hay un máximo fijo. La guía es presunta hasta $240,000 de ingreso anual combinado; por encima, la orden no puede ser menor que el monto de $240,000 y el juez puede ordenar más según las necesidades razonables del hijo. Aparte, la manutención no puede superar el 35% del ingreso bruto ajustado de quien paga.

¿Cuánto tiene que cambiar el ingreso para modificar la manutención en D.C.?

Lo suficiente para que el monto de la guía difiera de la orden vigente en 15% o más, lo que se presume un cambio sustancial y material. Un padre también puede demostrar un cambio material en las necesidades del hijo o en la capacidad de pago sin cumplir la prueba del 15%.

Siguientes pasos

Fuentes oficiales

Verificado contra estas fuentes oficiales en octubre de 2026:

Manutención en los demás estados

Todos los estados

Esto es información educativa general, no asesoramiento legal, y las cifras oficiales cambian. Verificado por última vez: octubre de 2026. Consulta a un abogado de familia licenciado en District of Columbia.